Grupo corporativo de Guatemala demanda a Estado de Honduras
Nota de coyuntura No.230 / por Luis Solano
Un colectivo de organizaciones de Honduras e internacionales ha dado a conocer un informe titulado “El lado oscuro de la transición energética. Colonialismo verde en el sur de Honduras”, que expone las millonarias demandas de siete empresas extranjeras de energía solar contra el Estado de Honduras. De esas siete empresas, destaca el grupo corporativo del empresario guatemalteco Fernando Paiz Andrade y su empresa demandante Pacific Solar Energy S.A. de C.V.

Imagen: Mural sobre la represión y la resistencia en contra de Los Prados, municipio de Namasigüe, Choluteca, Honduras. Fuente: Red de Abogadas Defensoras de los Derechos Humanos (RADDH), publicada en el Informe “El lado oscuro de la transición energética. Colonialismo verde en el sur de Honduras”. Recuperado en: https://terra-justa.org/dc_2017/wp-content/uploads/2026/07/El-lado-oscuro-de-la-transicion-energetica-Colonialismo-verde-en-el-sur-de-Honduras-Julio-2026.pdf
El discurso de la transición energética global y su impacto en Honduras
El informe “El lado oscuro de la transición energética. Colonialismo verde en el sur de Honduras”, en su versión en español se dio a conocer hoy 21 de julio de 2026, y fue elaborado por un conglomerado de organizaciones: Institute for Policy Studies-Proyecto de Minería y Comercio (IPS), Transnational Institute (TNI), TerraJusta, Honduras Solidarity Network (HSN), la Red de Abogadas Defensoras de los Derechos Humanos (RADDH), el Movimiento Ambientalista Social del Sur por la Vida (MASSVIDA) y Cáritas Honduras – Diócesis de Choluteca.
Originalmente publicado en inglés, el 26 de mayo de 2026, el informe aborda el discurso de la transición energética global y la sustitución de los combustibles fósiles por energías renovables. Sin embargo, en algunas de las naciones más empobrecidas del planeta, y particularmente en el caso de Honduras, las empresas que desarrollan esta tecnología suelen repetir las prácticas coloniales y de explotación propias de las compañías de combustibles fósiles que las precedieron.
La instalación de parques solares en el sur de Honduras ilustra una historia de afán de lucro empresarial y prácticas abusivas bajo la fachada del “desarrollo sostenible”, indica el informe y que condujo a millonarias demandas contra el Estado de Honduras.
Durante la llamada “narcodictadura hondureña” que siguió al golpe de Estado de 2009 que fue respaldado por los militares, empresas transnacionales se beneficiaron de incentivos desmesurados destinados a atraer inversiones al mercado de las energías renovables. En la práctica, aprovecharon cínicamente el impulso a las tecnologías verdes para lucrar a costa de una creciente privatización, la corrupción y el despojo en uno de los países más pobres de América Latina.
Los parques solares no sustituyeron a los combustibles fósiles en Honduras. Más bien, ampliaron la matriz energética sin democratizar el acceso a la electricidad, sin reducir significativamente las emisiones y sin beneficiar a las poblaciones locales. El resultado fue una transferencia masiva de recursos públicos a inversores privados, además de electricidad a precios excesivos para los consumidores comunes.
Los hondureños terminaron pagando algunas de las tarifas eléctricas más altas de Centroamérica, al mismo tiempo que financiaban las ganancias de empresas noruegas y estadounidenses, de las élites centroamericanas y de los bancos internacionales de desarrollo. Las comunidades campesinas que se opusieron a algunos de estos proyectos —como el proyecto Los Prados, en el municipio de Namasigüe— sufrieron represión violenta, desplazamiento forzado y criminalización.
Tras la llamada “narcodictadura”, el gobierno de la presidenta Xiomara Castro (2022-2026) aprobó reformas para rescatar a la estatal Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE), abordando algunos de los peores excesos contenidos en los contratos con las compañías privadas de generación de energía. En respuesta, los inversores noruegos Scatec, Norfund y KLP Norfund Investments iniciaron demandas de arbitraje multimillonarias contra el país.
De igual manera, un grupo de siete inversionistas del sector energético presentó demandas de Solución de Controversias Inversionista-Estado (conocido por sus siglas en inglés ISDS) por más de U$S 1 mil millones contra Honduras ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) del Banco Mundial (BM). Estas demandas corporativas hacen uso de una herramienta neocolonial consagrada en los tratados de protección y promoción de inversiones extranjeras firmados en los años 1990 y, desde 2011, también en la Ley para la Promoción y Protección de Inversiones en Honduras.
Este contexto es fundamental para comprender las demandas arbitrales actuales. Cuando el gobierno de Xiomara Castro intentó modestas renegociaciones para evitar la quiebra total de la ENEE como reducir los sobreprecios, eliminar algunos incentivos fiscales insostenibles, investigar las irregularidades, las empresas respondieron con demandas por más de US$ 1,605 millones ante el CIADI. En este sistema, los inversores no solo pueden exigir mantener los contratos, sino ser compensados por las ganancias futuras que “esperaban” obtener de un modelo que operó en su beneficio durante la narcodictadura. El monto de US$ 1,205 millones que actualmente reclaman los inversores, es superior al ahorro estimado que la administración de Castro había previsto obtener durante su gestión, de la renegociación de los contratos de energía renovable.
El lavado verde en los tribunales corporativos: el caso Paiz Andrade
Hasta la fecha se ha hecho pública muy poca información sobre los procedimientos ISDS relativos a las siete demandas contra Honduras del sector eléctrico. Sin embargo, de los únicos procedimientos disponibles destaca el caso Fernando Paiz Andrade y Anabella Schloesser de León de Paiz contra Honduras, esposos que en su propia representación y en representación de la empresa Pacific Solar Energy, S.A. de C.V. (PSE) inscrita en Honduras, demandaron al Estado por US$ 160 millones en un proceso que está pendiente de resolver por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a las Inversiones (CIADI).

Fuente: Informe “El lado oscuro de la transición energética. Colonialismo verde en el sur de Honduras”.
Una revisión de la documentación disponible en el caso Paiz ofrece una visión de cómo los inversores ricos utilizan el ISDS para pintar a Honduras como el villano sucio que está victimizando a las llamadas empresas de energía “verde”, cuando es el pueblo de Honduras el que va a pagar.
La sociedad de PSE se creó en el año de 2013, exclusivamente para el desarrollo, construcción y operación del parque solar. En 2014, la pareja de empresarios adquirió el 100% de PSE que cuenta con el contrato 002-2014, de operación para la generación, transmisión y comercialización de energía eléctrica solar con la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE),
La empresa pertenece a Latam Energy, que es parte del consorcio guatemalteco Cahabon Holdings, entidad fuera de plaza inscrita en Islas Vírgenes Británicas, el cual es un grupo diversificado con inversiones en diversas industrias y diferentes países de la región, indica PSE en su información pública. Así mismo, PSE es la sede del Parque Solar Fotovoltaico Nacaome I en el Municipio de Nacaome, departamento de Valle, financiado por varios organismos y bancos internacionales.

Fuente: Informe “El lado oscuro de la transición energética. Colonialismo verde en el sur de Honduras”.
De acuerdo con una investigación de un consorcio de organizaciones bajo el título “Inversiones mafiosas contra Honduras: Demandas de empresas transnacionales y la lucha por la democracia y la dignidad del pueblo hondureño”, dos accionistas guatemaltecos de Pacific Solar Energy, Fernando Paiz Andrade y su esposa Anabella Schloesser de León de Paiz, presentaron la demanda. Según documentos públicos, Fernando Paiz Andrade posee el 1 % de Pacific Solar Energy y Solar Energy Holding Ltd. posee el 99% restante. Sin embargo, es difícil rastrear a los propietarios de esta última porque Solar Energy Holding está registrada en las Bahamas.
En 2018, el 70 % de las acciones de Solar Energy Holding Ltd. fueron compradas por Interenergy Holdings, cuyo accionista mayoritario es Latam Energy Corp. Interenergy Holdings es un gran productor de energía en América Latina registrado en las Islas Caimán y recibe apoyo financiero de la Corporación Financiera Internacional (IFC, por sus siglas en inglés) del Banco Mundial (BM) y otras instituciones financieras internacionales. Su director general y fundador, Rolando González-Bunster, tiene fuertes vínculos de amistad con Bill y Hilary Clinton, y actualmente es director de la Fundación Clinton.
En el caso del empresario Fernando Andrade Paiz, es una figura muy conocida entre la élite guatemalteca cuya familia amasó su fortuna como propietaria del grupo La Fragua que controlaba las tiendas Paiz, la principal cadena de supermercados de Centroamérica que fue adquirida por Walmart en 2005. Paiz Andrade es ex presidente de Walmart Centroamérica, además de inversionista en hoteles de lujo y promotor de los Centros Comerciales Las Cascadas en Guatemala y El Salvador, entre otros proyectos. Su colección privada de artefactos mayas ha sido criticada por beneficiarse del patrimonio arqueológico y cultural de Guatemala. Su inversión en plantaciones de teca y melina en el este de Guatemala ha suscitado quejas por los intentos de desalojo y la amenaza de que las comunidades Mayas Q’eqchi’ puedan ser desplazadas por la fuerza. Él y su esposa, Anabella Schloesser de León de Paiz, son accionistas de Pacific Solar Energy.
Pacific Solar Energy fue creada en septiembre de 2013, justo a tiempo para ganar contratos durante la “diarrea legislativa” del 19 de enero de 2014. Los contratos de la empresa fueron adjudicados originalmente a Lisandro Flores Alfaro, yerno del expresidente de Honduras, Rafael Leonardo Callejas, y a Karla María Ramos Andina, otra fundadora de Pacific Solar Energy. Los documentos disponibles en el caso Paiz indican que Fernando Andrade Paiz fue atraído para invertir por los incentivos incorporados en las reformas a la Ley de Electricidad de 2013.
Según sus declaraciones, Pacific Solar puso en operación la planta fotovoltaica Nacaome I de 50 MW, entre 2016 y 2018. Consta de 104,700 módulos solares en 136 hectáreas de terreno y una subestación en sitio con conexiones a la Red de Transmisión Regional y al Sistema Interconectado Nacional. Para ello, la empresa afirma que contó con préstamos del Banco Holandés de Desarrollo Empresarial (FMO) y de la Sociedad Alemana de Inversión y Desarrollo (DEG).
Entidades fuera de plaza registradas en Panamá donde Fernando Paiz Andrade es directivo

Fuente: Registro Público de Panamá.
Para justificar su demanda de US$ 160 millones contra Honduras, invocan varias normas de protección al inversionista bajo el Tratado de Libre Comercio entre Estados Unidos, Centroamérica y República Dominicana (CAFTA-DR, por sus siglas en inglés). Aproximadamente el 13% del monto que reclaman, es decir, US$ 19.5 millones a junio de 2024 más intereses, corresponde a pagos insuficientes de la ENEE que, según alega, han puesto a la empresa en una situación desesperada. Para justificar el resto, la empresa argumenta que las renegociaciones contractuales de Honduras no son realmente de interés público pues se están llevando a cabo bajo amenaza de expropiación con la correspondiente “campaña pública de desprestigio” contra los generadores de energía solar, y han destruido todo el valor de su inversión estimada en US$ 119.9 millones.
El caso Paiz Andrade elabora sus argumentos en contra de Honduras ignorando el contexto de represión y corrupción generalizadas durante la narcodictadura en la que invirtieron, y que permitió la aprobación de sus contratos en circunstancias muy irregulares. Al mismo tiempo, el inversor maquilló de verde los incentivos y la profundización de la privatización ocurridos en 2013, esenciales para aumentar la generación de energía renovable y cumplir con los objetivos climáticos internacionales.
Según el caso Paiz Andrade, las reformas de 2013 y su inversión han sido buenas para Honduras:
“La propia Ley de Renovables de 2013 buscó explícitamente incentivar ‘el interés de las instituciones financieras de desarrollo y cooperación internacional’ (que) ‘financian proyectos de generación de energía con recursos renovables y cuyo propósito es promover el desarrollo socioeconómico sostenible de los países a los que se dirige la cooperación.’”
Según la misma presentación:
“…la Planta ayudó a Honduras a alcanzar sus metas, como lo reconoció el director de la ENEE en su momento, pero además la Planta generó cientos de empleos, apoyando a las comunidades del Valle de Nacaome, y ha producido energía limpia para cubrir la demanda energética de decenas de miles de familias hondureñas.”
En contraste, afirman que las reformas de 2022 y el comportamiento de la administración de Xiomara Castro ponen en riesgo su inversión e, incluso, violan compromisos internacionales de protección al medio ambiente:
“Al destruir las inversiones en energías renovables que antes incentivaba, Honduras está haciendo caso omiso de sus compromisos internacionales para proteger el medio ambiente, incluso en virtud del Tratado. En lugar de apoyar las inversiones que fomentan la transición energética, Honduras está discriminando a los generadores renovables y favoreciendo a los productores de combustibles fósiles.”
Alegaciones de violaciones del Tratado que se reclaman en el caso Paiz Andrade
El informe indica lo siguiente: Restricciones a la expropiación “indirecta”: A diferencia de la expropiación directa, se entiende por expropiación indirecta las regulaciones y otras acciones gubernamentales: leyes, decretos, permisos negados que, sin confiscar formalmente la propiedad, tienen un “efecto equivalente” al quitarle al inversor la posibilidad de obtener las ganancias esperadas de su inversión.
→ El caso Paiz afirma que esto no ha sido “más que un velo para que el Gobierno desmantele los derechos de Pacific Solar bajo los Acuerdos.” Argumenta la necesidad de mantener los incentivos para los operadores de energías renovables que resultaron de las reformas de 2013 a la Ley de Electricidad para mantener condiciones viables para el sector.
Negación de trato justo y equitativo: Los acuerdos de inversión obligan a los Estados a proporcionar a los inversores extranjeros un “trato justo y equitativo”, un concepto muy vago y subjetivo que los tribunales arbitrales han interpretado de maneras muy diferentes, sin tener en cuenta las diversas historias, culturas y sistemas de valores de los distintos países.
→ Paiz argumenta que se han enfrentado a:
“(a) un patrón de medidas que son arbitrarias o irrazonables; (b) un incumplimiento de la corrección procesal o la transparencia con respecto a las inversiones de las Demandantes; y (c) la frustración de las expectativas legítimas de las Demandantes”.
En general, afirman que el gobierno no está cumpliendo con las “expectativas legítimas” creadas en virtud de los acuerdos existentes y que:
“…las medidas de Honduras devastaron las inversiones de los Demandantes en Pacific Solar, aunque sin ninguna relación razonable con un objetivo político racional y sin tener en cuenta injustamente las consecuencias perjudiciales impuestas a los inversores extranjeros”.
Cláusula Paraguas: La cláusula paraguas obliga a cada Estado parte de un acuerdo a observar todas las obligaciones de inversión contraídas con inversores del otro Estado contratante, lo que puede elevar una demanda contractual al nivel de una demanda de tratado.
→ En este caso, Paiz reclama que se aplique la Cláusula Paraguas de los TBI Suiza-Honduras y Alemania-para argumentar que se violó su Contrato de Compra de Energía (CCE) y se aplicó una Garantía Estatal ratificada el 28 de noviembre de 2014, que hace responsable al Estado por las obligaciones de la ENEE bajo el CCE. Paiz Andrade argumenta que:
“Al promulgar la Nueva Ley de Energía 2022, el Estado puso en ley su intención de repudiar la compensación que le debe a Pacific Solar, instruyendo a la ENEE a saldar la deuda histórica que tiene con los generadores [de energía solar] sólo ‘hasta por un año’, y sólo si el CCE es ‘renegociado” o ‘terminado””.
Niveles de protección medioambiental: Más allá del capítulo de inversión del CAFTA-DR, Paiz Andrade argumenta que Honduras está además violando sus compromisos del Capítulo 17 del mismo tratado, que versa sobre el Medio Ambiente. Allí se establece que:
“…cada Parte velará por que sus leyes y políticas prevean y fomenten niveles elevados de protección del medio ambiente, y se esforzará por seguir mejorando esas leyes y políticas”.
→ Paiz alega que:
“…la conducta de Honduras es inconsistente con sus compromisos internacionales de protección del medio ambiente (…) Al destruir las inversiones en energías renovables que previamente incentivó, Honduras está haciendo caso omiso de sus compromisos internacionales de protección del medio ambiente, incluso en virtud del Tratado. En lugar de apoyar las inversiones que fomentan la transición energética, Honduras está discriminando a los generadores renovables y favoreciendo a los productores de combustibles fósiles.”
Entidades fuera de plaza detrás de Pacific Solar Energy
De acuerdo con laRESOLUCIÓN NÚMERO 005-CDPC-2018-AÑO-XI. COMISIÓN PARA LA DEFENSA Y PROMOCIÓN DE LA COMPETENCIA. SESIÓN ORDINARIA DEL PLENO NÚMERO 014-2018. Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, 12 de abril de 2018, en ese año se documentó el proceso de transacción de la propiedad de acciones de Pacific Solar Energy, en la que participaron entidades fuera de plaza inscritas en Bahamas e Islas Caimán. Debido a eso, y la poca transparencia, se desconocen quiénes son los socios.
Sociedades extranjeras
LATAM ENERGY CORP. (Vendedora), con domicilio en Nassau, Las Bahamas, es poseedora directa del 100% de las acciones emitidas y en circulación de la sociedad extranjera Solar Energy Holding Ltd. Según su pacto social, fue incorporada el 9 de julio de 2014 y su objetivo es el de llevar a cabo cualquier acto o actividad que no prohíban las leyes de las Bahamas.
SOLAR ENERGY HOLDING LTD. es la compañía objeto de la presente operación de concentración económica, tiene su domicilio en Nassau, Las Bahamas, y es poseedora del 99.99% de las acciones que componen el capital social de la sociedad hondureña Pacific Solar Energy S. A. de C. V. Según su pacto social, fue incorporada el 27 de enero de 2015 y su objetivo es el de llevar a cabo cualquier acto o actividad que no prohíban las leyes de las Bahamas.
INTERENERGY HOLDINGS (Compradora), según los estatutos de la sociedad fue reformada y ratificada por resolución especial de fecha 12 de diciembre del 2016, tiene su domicilio en Islas Caimán y su objeto es ilimitado, por lo que tiene facultad para llevar a cabo cualquier objeto que no se encuentre prohibido por ninguna ley de las Islas Caimán. Sociedad hondureña involucrada.
PACIFIC SOLAR ENERGY S. A. de C. V., con domicilio en la ciudad de Tegucigalpa, M. del D. C., según su Escritura Pública de constitución número doscientos sesenta y seis (266) de fecha diez (10) de septiembre del año dos mil trece (2013), autorizada por el Notario Iris Ondina Andino Aguilar, e inscrita bajo matricula 2532981, con el número 19560 en el Libro de Comerciantes Sociales del Registro Mercantil de Francisco Morazán.
Fuente: https://www.cdpc.hn/wp-content/uploads/2024/11/189-NC-2-2018.pdf

Fuente: https://www.cdpc.hn/wp-content/uploads/2024/11/189-NC-2-2018.pdf

